A 2,8% cayeron las acciones de LAN tras requerimiento de la FNE

aviacion-comercial-b787-9-lanLas acciones de LAN retrocedieron 2,8% luego del requerimiento realizado ayer por la Fiscalía Nacional Económica por incumplir parte de la resolución que permitió su fusión con TAM. Los títulos de la aerolínea se cotizaron a $ 4.750 cada uno.
Los títulos de la aerolínea se cotizaron a $ 4.750 cada uno y acumularon una caída de 9,2% durante junio, mientras que en el año pierden 32,7%.
Una multa de US$ 4,2 millones y la cancelación de los acuerdos de códigos compartidos con Aeroméxico, AirChina, All Nippon Airways, Lufthansa, Korean Airlines y Singapore Airlines, es lo que la FNE pide en el requerimiento que presentó contra Latam Airlines ante el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC).
La FNE informó que en 2011, cuando fue aprobada la concentración que dio origen a Latam Airlines, el TDLC fijó 14 condiciones para permitirla.
Tras tres años de la fusión, la Fiscalía acusa a Latam de haber incumplido la séptima de las exigencias, que obliga a la compañía a obtener una autorización previa del TDLC para celebrar nuevos acuerdos de códigos compartidos con aerolíneas distintas a Oneworld.

COMUNICADO EMITIDO POR LAN
En relación al requerimiento recientemente presentado por la Fiscalía Nacional Económica ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“TDLC”), LATAM Airlines Group (“LATAM”) informa que hasta la fecha la compañía no ha sido notificada.
Destaca que desde el inicio de la asociación entre las aerolíneas LAN Airlines S.A. y TAM Linhas Aéras S.A., se ha cumplido con todas y cada una de las medidas y condiciones establecidas en la resolución N° 37 de dicho tribunal (la “Resolución”). Asimismo, se ha mantenido plenamente informada a la FNE, de un modo oportuno y con entera transparencia, de todas las acciones llevadas a efectos para cumplir rigurosamente con cada una de las medidas y condiciones que contempla la mencionada Resolución.
Dicha Resolución impuso muchas y muy relevantes medidas a LATAM, quien ha desplegado esfuerzos económicos y humanos significativos para implementarlas oportunamente y a cabalidad. LATAM las ha cumplido todas, e incluso en muchas de ellas ha ido más allá de lo ordenado.
El incumplimiento que se imputa dice relación con un solo aspecto técnico y muy específico de la medida N° 7 de la Resolución, el que LATAM tiene certeza de haber cumplido también a cabalidad. Lo relevante es que este cumplimiento se llevó a efecto oportunamente, después de informar, en forma previa, a la misma FNE, de lo que LATAM de buena fe estimaba era la correcta aplicación de la mencionada medida.
Es por lo anterior que LATAM no puede dejar de expresar su sorpresa ante este desproporcionado e infundado requerimiento.
A LATAM le asiste la convicción de que los contratos cuestionados en el requerimiento sí cumplen absolutamente con lo establecido en la resolución del TDLC y así lo acreditará en su defensa ante el TDLC.

FUENTE: DF  / FNE / LAN

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